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Ley de la República de Venezuela para honrar la memoria
del Coronel Atanasio Girardot:

El coronel Atanasio Girardot ha muerto en este día en el campo de honor.

Las Repúblicas de la Nueva Granada y Venezuela le deben en gran parte la gloria que cubre sus armas y la libertad de nuestro suelo. Vencedor en Palacé de un tirano formidable llevó por la primera vez el estandarte de la Independencia bajo las órdenes del General Baraya, a la oprimida Popayán. Las circunstancias extraordinarias de esta batalla memorable, la harán interesante, no sólo al mundo americano, sino a los guerreros valientes de todas las partes de la tierra.

El joven Girardot osó aguardar el ejército enemigo en número de dos mil hombres con setenta y cinco soldados en el puente del río Palacé. Tacón, el tirano de Popayán, no dudaba subyugar con aquellas fuerzas el extenso país de la Nueva Granada: destinó setecientos hombres para desalojar los defensores del puente; pero, el nuevo Leonidas resolvió perecer antes con sus dignos soldados, que ceder un punto al poder de su enemigo. La fortuna preservó su surte de la desgracia de sus soldados que fueron todos muertos o heridos, y la victoria más completa premió su esforzado valor y virtud. Más de doscientos cadáveres regaron con su sangre aquel campo célebre para consagrar en caracteres terribles un monumento propio al genio guerrero del héroe. Hasta entonces la Nueva Granada no había visto un peligro mayor para su libertad recientemente adquirida, y las consecuencias del triunfo de Girardot salvaron a un tiempo a su patria de la esclavitud y del exterminio con que la amenazaba el tirano.

En la actual campaña de Venezuela, la audacia y el talento militar de Girardot han unido constantemente la victoria a las banderas que mandaba. Las provincias de Trujillo, Mérida, Barinas y Caracas, que perecían bajo el cuchillo o gemían en las cadenas, respiran libres y aseguradas por los esfuerzos con que él ha cooperado bajo las órdenes de los Jefes de la Unión. Le han visto buscar en estos campos a los ejércitos opresores, vencerlos intrépidamente, desafiando la muerte por libertar a Venezuela. Hoy volaba a sacrificarse por ella sobre las cumbres del Bárbula, y al momento que consiguió el triunfo más decidido, terminó gloriosamente su carrera.

Siendo por tanto el coronel Atanasio Girardot, a quien muy principalmente debe la República de Venezuela su restablecimiento, y la Nueva Granada las victorias más importantes; por lo tanto, para consignar en los anales de la América la gratitud del pueblo venezolano a uno de sus libertadores, he resuelto y resuelvo lo siguiente:

1. El día 30 de septiembre será un día aciago para la República, a pesar de las glorias de que se han cubierto sus armas en este mismo día, y se dará siempre un aniversario fúnebre, que será un día de luto para los venezolanos.

2. Todos los ciudadanos de Venezuela llevarán un mes consecutivo de luto por la muerte del coronel Girardot.

3. Su corazón será llevado en triunfo a la capital de Caracas, donde se le hará la recepción de los libertadores y se depositará en un mausoleo que se erigirá en la Catedral Metropolitana.

4. Sus huesos serán transportados a su país nativo, la ciudad de Antioquia en la Nueva Granada.

5. El cuarto batallón de línea, instrumento de sus glorias, se titulará en lo futuro el Batallón de Girardot.

6. El nombre de este benemérito ciudadano, se inscribirá en todos los registros públicos de las Municipalidades de Venezuela, como el primer bienhechor de la patria.

7. La familia de Girardot disfrutará por toda su posteridad de los sueldos que gozaba este mártir de la libertad de Venezuela, y de las demás gracias y preeminencias que debe exigir el reconocimiento de este Gobierno.

8. Se tendrá ésta por una ley general, que se cumplirá inviolablemente en todas las provincias de Venezuela.

9. Se imprimirá, publicará y circulará para que llegue al conocimiento de todos los habitantes.

Dada en el Cuartel General de Valencia a treinta de septiembre de mil ochocientos y trece años, tercero de la independencia y primero de la guerra a muerte, firmada de mano y sellada con el sello provisional de la República y refrendada por el Secretario de Estado.

(Fdo.) SIMÓN BOLÍVAR. ANTONIO MUÑOZ TEBAR, Secretario de Estado"

 

     

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